BUENOS
AIRES - RIO DE JANEIRO Aviso
de Regata Esta
Regata será organizada conjuntamente por el Yacht Club Argentino
y el Iate Clube do Río de Janeiro sobre la base de un recorrido
de 1.123 millas náuticas. 1.
REGLAS: 1.1. La regata será corrida bajo las “Reglas”, tal como
se definen en el Reglamento de Regatas a Vela de la ISAF 2005 – 2008 (R.R.V.). 1.2.
Reglas de Medición I.M.S. y O.R.C. Club con sus Regulaciones. 1.3. Reglamento
para la Medición y Regatas de barcos de Época y Clásicos
2007-2011 del Comité Internacional de la Méditerranée. 1.4.
Reglas para la división Tripulaciones en Dobles Fórmula O.R.C. Club. 1.5.
Reglas Especiales ISAF para Regatas de Crucero, Enero 2008 – Diciembre 2009, Categoría
2. Las reglas 3.13.1 y 4.19 no serán exigibles aunque se recomienda su
cumplimiento. Además será obligatorio llevar a bordo un Teléfono
Satelital. 1.6. Entre la puesta y la salida del sol, regirá el Reglamento
Internacional para Prevenir los Abordajes 1972 (RIPA) y las enmiendas de Noviembre
de 1981, reemplazando a las Reglas de Derecho de Paso de la Parte 2 del RRV. 1.7.
No regirán las Prescripciones de las Autoridades Nacionales intervinientes,
excepto la Prescripción 8 AGUAS LIMPIAS de la Autoridad Nacional Argentina:
Los residuos acumulados en un barco durante una regata deberán ser eliminados
apropiadamente una vez llegado el barco a tierra. Su eliminación por la
borda podrá ser motivo de descalificación. 2.
AUTORIDAD ORGANIZADORA: Yacht Club Argentino e Iate Clube do Rio de Janeiro. 3.
PUBLICIDAD: 3.1. La Regata será de Categoría "C"
de acuerdo a la Regulación 20 de la ISAF. 3.2. Se exhibirá en
la proa de los barcos los calcos de los auspiciantes de la regata, de acuerdo
a la Regulación ISAF 20.3 (d) (i), que establece que la Autoridad Organizadora
podrá exigir la exhibición de publicidad del auspiciante del evento
en cada banda de la proa. 3.3. Además, durante las regatas, se exigirá
que los participantes exhiban en forma permanente una bandera de “Rolex”, auspiciante
principal del evento. 3.4. Las embarcaciones mientras estén en su amarra
en el puerto de Buenos Aires y Río de Janeiro, deberán exhibir en
el estay de proa las banderas de los distintos auspiciantes del evento. 3.5.
Las banderas y los calcos serán provistos por la Autoridad Organizadora. 4.
LUGAR Y FECHA DE PARTIDA: 4.1. La partida será el sábado
9 de Febrero de 2008 a las 15.00 horas (hora Oficial Argentina), en proximidades
del Puerto de Buenos Aires. 5.
RECORRIDO: 5.1. Buenos Aires – Río de Janeiro. El detalle final
del mismo para cada Clase será establecido en las Instrucciones de Regata. 6.
LINEA DE LLEGADA: 6.1. Será en Río de Janeiro. Los yates
tendrán amarras en la sede del I.C.R.J. en Río de Janeiro. 7.
CLASES: 7.1. Los yates deberán tener Certificado de Medición
válido de acuerdo con la Fórmula correspondiente. No se permitirá
la participación simultánea entre Clases. 7.2. Podrán
participar barcos medidos por las Fórmulas “I.M.S”, “O.R.C. Club”, “Veleros
Clásicos” y habrá una División para Tripulaciones en Dobles. 7.3.
El Comité Organizador se reserva el derecho de rechazar inscripciones y
de incluir a los barcos en una u otra Fórmula, además de medirlos
nuevamente y/o inspeccionarlos cuando lo crea conveniente. 7.4. La flota se
dividirá en Clases, de acuerdo con los yates inscriptos. Los límites
de cada Clase se comunicarán antes de la partida. 7.5. Podrán
participar yates con eslora total (LOA) mayor a 9.00 m. 8.
DIVISIÓN PARA TRIPULACIÓNES EN DOBLES: 8.1. Se ha previsto
la incorporación de una división para Tripulaciones en Dobles. Los
inscriptos deberán contar con certificado de Medición O.R.C. Club
y cumplir con todos los requisitos del presente Aviso de Regata. 8.2. Será
condición para habilitarla que se inscriban 3 o más yates. También
se podrá dividir en Clases de acuerdo a la cantidad de inscriptos. 8.3.
Para esta Clase se permitirá el uso de dispositivos automáticos
para timonear, ya sea mecánicos o electrónicos como así también
enrolladores de todo tipo para guardar o rizar velas. Esto modifica la regla 52
del RRV. Rigen plenamente las reglas 49.2 y 51 (posición de la tripulación
y del lastre). 9.
MEDICIONES E INSPECCIONES: 9.1. El Yacht Club Argentino medirá barcos
en las Fórmulas “I.M.S.” y “O.R.C. Club” hasta el viernes 1 de Febrero
de 2008. 9.2. Las Inspecciones de Equipo de Seguridad se efectuarán
del 4 al 7 de Febrero de 2008. El viernes 8 de Febrero sólo se verificarán
elementos faltantes de inspecciones previas. No se harán inspecciones el
día de la partida. Los participantes deberán solicitar turno en
la Secretaría de la Regata en el Yacht Club Argentino. 10.
REUNION DE CAPITANES: 10.1. Se llevará a cabo el viernes 8 de Febrero
de 2008 a las 12.00 horas en la Sede Dársena Norte del Yacht Club Argentino. 11.
INSTRUCCIONES ESPECIALES: 11.1. Los barcos llevarán un transceptor
VHF para escucha en los Canales 16, 68 y 71 y se recomienda el uso de receptor-transmisor
HF-SSB capaz de operar como mínimo en las siguientes frecuencias: 4.125.0
Khz (llamada y urgencia Atlántico Sur), 4.143.6 (Embarcaciones de Pesca
Brasil), 4.431.8 (Tráfico Normal Estaciones Costeras Brasil), 6.221.6,
8.294.2, 8.291.1 (Tráfico Normal Estaciones Costeras Brasil), 12.435.4
(Tráfico Normal Larga Distancia), 16.593.3 Khz (Tráfico Normal Larga
Distancia). 11.2. La Comisión de Regata podrá instalar posicionadores
satelitales en todos o algunos de los barcos participantes para ser usados en
forma obligatoria durante la regata oceánica. Además se deberá
asegurar la provisión permanente de energía al mismo. La desconexión
del sistema podrá ser motivo de penalización o descalificación
del barco. Esta regla modifica la regla 63.1 del RRV. En caso que se instalen
los posicionadores, los barcos deberán estar a disposición de la
Comisión Organizadora 72 horas antes de la largada, para lo cual se habilitarán
las amarras necesarias en la Sede Dársena Norte del Yacht Club Argentino. 12.
INSCRIPCIONES: 12.1. Se recibirán en el Yacht Club Argentino y en
el Iate Clube do Río de Janeiro hasta el 29 de Enero de 2008. Deben ser
presentadas en el formulario oficial acompañando U$S 300.- como derecho
de inscripción. Los yates patrocinados pagarán U$S 600.- 12.2.
Los barcos con tripulantes menores de 21 años, deberán presentar
en el momento de la inscripción un formulario de “Limitación de
Responsabilidad” firmado por el padre y madre o tutor. La firma del responsable
deberá ser certificada por Escribano. El mismo se podrá solicitar
en la Oficina de Regata o bajarlo de la Web con la información de este
Campeonato: www.yca.org.ar. Para las tripulaciones argentinas, se tomará
como válido el trámite realizado ante la FAY si figura en el listado
publicado en su Web: www.fay.org.ar. 12.3. Los formulario deberán dirigirse
al: YACHT
CLUB ARGENTINO Viamonte y Costanera Sur Dársena Norte (1107)
Buenos Aires Argentina TEL. (54-11) 4314-0505 FAX (54-11) 4312-9520 E-mail:
yca@yca.org.ar Web:
http://www.yca.org.ar
IATE
CLUBE DO RIO DE JANEIRO Av. Pasteur 333 Praia Vermelha, 22290 Río
de Janeiro, RJ Brasil TEL. (55-21) 543-1244 FAX:(55-21) 543-1012 E-mail:
comodoro@icrj.com.br Web:
http://www.icrj.com.br
13.
DECISIÓN DE REGATEAR Y RESPONSABILIDAD:
13.1.
Como condición de la inscripción, cada propietario, timonel y tripulante
deberá firmar una declaración aceptando la siguiente liberación
de responsabilidad: Acepto regirme por Reglamento de Regatas a Vela (RRV) 2005-2008,
las Instrucciones de Regata y el Aviso de Regata. Acepto
expresamente la “Regla Fundamental 4 Decisión de Regatear: La responsabilidad
por la decisión de un barco de participar en una regata o de continuar
regateando, es exclusiva del barco “ Acepto que la responsabilidad exclusiva
e ineludible de las condiciones marineras de cualquier yate que participa en el
Circuito Atlántico Sur Rolex Cup 2008, su aparejo, el equipo de seguridad
a bordo y la capacidad, el comportamiento y la vestimenta de la tripulación
es del propietario/responsable del barco. Como
participante acepto que compito voluntariamente y bajo mi propio y exclusivo riesgo,
teniendo pleno conocimiento que la competencia puede ser peligrosa, por lo que
libero de toda responsabilidad, directa o indirecta y con tanta amplitud como
lo permita la ley, a los organizadores, coorganizadores, auspiciantes y sponsors
(ROLEX y sus afiliadas en particular, pero no en forma excluyente), autoridades,
oficiales y jueces, y/o agentes y/o empleados de los organizadores y coorganizadores
y auspiciantes y sponsors (ROLEX y sus afiliadas en particular, pero no en forma
excluyente) y/o prestadores de servicios, en forma onerosa o gratuita, por cualquier
daño, erogación, lesión y/o pérdida de la vida y/o
de los bienes que pudiera sufrir y renuncio a cualquier acción, demanda
o reclamo ante los tribunales ordinarios de Justicia ordinaria, por lo que acepto
someterlo a arbitraje. Esta limitación de responsabilidad abarca los hechos
que ocurran antes, durante, entre o después de la competencia y actividades
conexas, incluyendo la atención y traslado en caso de una emergencia médica. También
acepto asumir la responsibilidad parcial y total por todos los daños causados
a terceros o a sus pertenencias, a mi persona o a mis pertenencias, en tierra
y en el agua como consecuencia de mi participación en la regata, y por
la presente libero de responsabiliodad de cualquier daño propio y/o a terceros
y acepto mantener indemne al YACHT CLUB ARGENTINO, y el IATE CLUBE DO RIO DE
JANEIRO sus empleados, agentes y sponsors (ROLEX y sus afiliadas en particular,
pero no en forma excluyente), y sus representantes con respecto a cualquier reclamo
que pudiera surgir. 14.
ARBITRAJE: Las decisiones finales y acciones tomadas por los organizadores,
relativas a cualquier controversia de índole patrimonial o de cualquier
otra naturaleza – que exceda el marco decisorio establecido por el Reglamento
de Regatas a Vela de la ISAF – pero que tenga origen directo o indirecto en la
competencia o en hechos o actos vinculados a la misma, que puedan involucrar a
los competidores, otros participantes, a la Autoridad Organizadora o a cualquier
parte nombrada en el párrafo 12 entre sí, en forma conjunta o indistinta,
no serán recurribles ante los tribunales de la Justicia Nacional, Provincial
ni Municipal. Solamente podrán ser sometidas, por cualquiera de las partes
involucradas, al arbitraje del Tribunal Arbitral de Derecho Deportivo, el que
establecerá las normas de procedimiento y cuyo laudo será vinculante,
definitivo e inapelable. 15.
PROTESTAS 15.1. Las protestas serán tratadas por un Jurado Internacional
cuyas decisiones serán inapelables de acuerdo al Apéndice N y la
Regla 70.4 del RRV (2005-2008). 16.
PREMIOS: 16.1. Se entregarán el 21 de Febrero de 2008 en el Iate
Clube do Río de Janeiro. El detalle de los mismos figurará en
las Instrucciones de Regata. |